Nueva Regulación sobre Viviendas de Uso Turístico y el Rol de las Comunidades de Propietarios

Nueva Regulación sobre Viviendas de Uso Turístico y el Rol de las Comunidades de Propietarios

Nueva Ley sobre Alquiler Turístico y Comunidades de Vecinos Desde el 3 de abril de 2025, las comunidades de propietarios pueden decidir si permiten o no el alquiler turístico en sus edificios. Será necesario el voto favorable de las 3/5 partes de la comunidad.

🗓️ Desde el 3 de abril de 2025, entra en vigor una importante reforma de la Ley de Propiedad Horizontal que afecta directamente al alquiler turístico. Ahora, las comunidades de propietarios tienen un papel clave en autorizar o no este tipo de actividad en sus edificios.

🔑 Cambios Principales:

✅ Aprobación Comunitaria Obligatoria:
Para alquilar un piso como turístico, se necesitará la aprobación de las 3/5 partes de los propietarios, que además representen esa misma proporción en las cuotas.

🛑 Derecho a Rechazar y Denunciar:
Si se inicia actividad turística sin permiso, el presidente de la comunidad puede requerir el cese e incluso iniciar acciones legales.

💸 Cuotas Adicionales para Pisos Turísticos:
La comunidad puede establecer un recargo del 20% en los gastos comunes a los propietarios que alquilen sus viviendas con fines turísticos.

⚠️ Ojo con lo Siguiente:

🕒 Actividades anteriores al 3 de abril no están sujetas a esta nueva exigencia (se respetan los derechos adquiridos).

💥 Multas: No cumplir puede suponer sanciones que llegan hasta los 600.000 €, dependiendo de la comunidad autónoma.

📌 Conclusión

Esta ley pretende equilibrar el auge del turismo con la convivencia vecinal. Si tienes una propiedad que deseas destinar al alquiler turístico, infórmate bien y habla con tu comunidad antes de empezar.

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